El acrónimo “ERTE”, está formado por las siglas del denominado “expediente de regulación temporal de empleo”. Esta figura jurídica, se regula en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, que establece los supuestos en los que la empresa, puede suspender de manera temporal el contrato de sus trabajadores o reducir la jornada laboral, bien mediante la reducción de horas o de días. Una de las causas previstas para la ejecución de un ERTE, es precisamente por Causas “económicas”.
En la situación actual en la que nos encontramos provocada por la “crisis del coronavirus o covid 19”, muchas empresas van a tener pérdidas económicas importantes como consecuencia de la bajada de ventas.
Según el precepto mencionado “Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante dos trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior”.
Cuando hablamos de ERE, nos estamos refiriendo a un EXPEDIENTE DE REGULACION DE EMPLEO, que comporta la extinción definitiva de la relación laboral.
Por tanto las diferencias fundamentales entre un proceso y otro, en cuanto a los efectos para la empresa y el trabajador, serían los siguientes:
Un ERTE es temporal, es decir, la salida del trabajador de la empresa es limitada en el tiempo. Tras un período, vuelve a su puesto de trabajo.
Un ERE implica el despido para siempre del empleado.
El ERTE se puede aplicar sin tener en cuenta el número de trabajadores que tenga la compañía.
Para hablar de ERE, el tamaño de la empresa es importante: Tiene que afectar a diez trabajadores en empresas con menos de 100 trabajadores, al 10% de los empleados de las que tienen entre 100 y 300 o a 30 en las que cuentan con más de 300 personas en plantilla en un periodo de 90 días.
En el caso del ERE, habrá que indemnizar al trabajador, en el caso del ERTE no.
En el día de Mañana, el Gobierno establecerá el procedimiento a seguir para la realización por las empresas de los ERES y los ERTES, dado que nos encontramos ante una situación de carácter extraordinario que va a motivar que la forma de ejecución de estos expedientes, sea más ágil que como en la actualidad se contempla en el Estatuto de Trabajadores.
Por eso, la ayuda de un profesional es ahora mismo tan importante.
En JORGE MUÑOZ CONSULTORES SLP, te ayudamos a superar esta crisis del modo más acorde posible con las necesidades de tu empresa sin dejar desprotegidos a tus trabajadores.
La 2 Oportunidad: Buscamos darte la segunda oportunidad, a autónomos, empresas, incluso a familias, que por situaciones económicas que tenéis ahora, no podéis hacer frente a la totalidad de las deudas, y por ello es necesario las “Quitas“, de las “Deudas” para hacer no pueden hacer frente al total de sus deudas por ello te ayudamos y realizamos la “Ley de Segunda Oportunidad”.Consultores Segunda Oportunidad
Exoneración Deudas
¿Necesitas exonerarte de tus deudas? Acógete a la Segunda Oportunidad. A través de nuestro equipo, especializado en mediación extrajudicial y en la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, y bajo la dirección experimentada de D. Jorge Muñoz Roig encontraremos la solución que mejor se adecue a tu situación. La experiencia, calidad y constancia forman parte del estilo de trabajo utilizado en Jorge Muñoz Consultores S.L.P, que nos avala como el despacho de segunda oportunidad de confianza para aquellas personas que deciden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Acógete Aquí
Usamos cookies en nuestro sitio web para brindarle la experiencia más relevante recordando sus preferencias y visitas repetidas. Al hacer clic en "Aceptar", acepta el uso de TODAS las cookies.Ver Política de Cookies
Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. Fuera de estas cookies, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.
Cookie
Descripción
Duración
Tipo
__cfduid
La cookie es utilizada por servicios de cdn como CloudFare para identificar clientes individuales detrás de una dirección IP compartida y aplicar configuraciones de seguridad por cliente. No corresponde a ningún ID de usuario en la aplicación web y no almacena ninguna información de identificación personal.
Las cookies que pueden no ser particularmente necesarias para que el sitio web funcione y se utilizan específicamente para recopilar datos personales del usuario a través de análisis, anuncios y otros contenidos integrados se denominan cookies no necesarias. Es obligatorio obtener el consentimiento del usuario antes de ejecutar estas cookies en su sitio web.
Cookie
Tipo
Duración
Descripción
is_unique
Persistente/terceras partes - Analítica
4 años
StatCounter Analytics establece esta cookie. La cookie se utiliza para determinar si un usuario es un visitante nuevo o recurrente y para estimar las visitas únicas acumuladas por sitio.
is_visitor_unique
Persistente/terceras partes - Analítica
2 Años
StatCounter Analytics establece esta cookie. La cookie se utiliza para determinar si un usuario es un visitante nuevo o recurrente.
sc_is_visitor_unique
Analítica
2 Años
Esta cookie se utiliza para almacenar una identificación aleatoria para evitar contar un visitante más de una vez.
_ga
Analítica
2 Años
Esta cookie es instalada por Google Analytics. La cookie se utiliza para calcular los datos de visitantes, sesiones y campañas y realizar un seguimiento del uso del sitio para el informe de análisis del sitio. Las cookies almacenan información de forma anónima y asignan un número generado aleatoriamente para identificar visitantes únicos.
_gat_gtag_UA_140656842_1
Persistente/terceras partes
_gat_UA-140656842-1
Persistente/terceras partes
_gid
Analítica
1 Día
Esta cookie es instalada por Google Analytics. La cookie se utiliza para almacenar información sobre cómo los visitantes usan un sitio web y ayuda a crear un informe analítico de cómo está funcionando el sitio web. Los datos recopilados, incluido el número de visitantes, la fuente de donde provienen y las páginas, se muestran de forma anónima.
__cfduid
Sesión/terceras partes
30 dias
La cookie es utilizada por servicios de cdn como CloudFare para identificar clientes individuales detrás de una dirección IP compartida y aplicar configuraciones de seguridad por cliente. No corresponde a ningún ID de usuario en la aplicación web y no almacena ninguna información de identificación personal.