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Tenemos la solución definitiva al nuevo RGPD

Si eres una Empresa o Pyme, que trata Datos de Carácter Personal y quieres adaptarte a la nueva normativa, desde Jorge Muñoz Consultores te ofreceremos un servicio y asesoramiento profesional adaptado a la nueva realidad.

Contamos con un equipo de asesores que trataran de ofrecerte la mejor cobertura, disponiendo además de herramientas de gestión documental colaborativa y programas que facilitan la interacción con el cliente que disponen de acceso a documentos permitiendo su cifrado y la gestión individual del acceso a los empleados que tengan solamente autorización para ello.

Gracias a nuestro Equipo Especializado en Protección de Datos y nuestros programas de Gestores Documentales los procesos del Despacho serán mucho más ágiles, más fiables y más eficientes.

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¿PORQUE LAS EMPRESAS Y PYMES DEBEN CONTRATAR UN SERVICIO DE ASESORAMIENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS?

El día 25 de mayo de 2018 entrará en vigor el Reglamento Europeo de Protección de Datos mediante la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos. Esta nueva regulación va a traer consigo importantes cambios en la normativa aplicable a la Protección de Datos y será aplicable a todas aquellas entidades que traten datos de carácter personal que se encuentren dentro de la Unión Europea.

La normativa europea endurece las sanciones por los incumplimientos de su articulado. Las consecuencias de dicho incumplimiento pueden ser multas de hasta 10 millones de Euros o el 2% del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior por un incumplimiento de las medidas de seguridad adecuadas o la no diligencia a la hora de tratar los datos.

O bien, alcanzar hasta los 20 millones de Euros o el 4% de facturación global del ejercicio financiero anterior para aquellas vulneraciones de los principios fundamentales de la materia, la vulneración de los derechos de los interesados o la realización de transferencias internacionales a países no seguros sin las garantías adecuadas.

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¿Tendré que adaptarme a la nueva ley?

Será aplicable a cualquier empresa establecida en la UE que trate datos de carácter personal de personas físicas y empresas fuera de la UE que traten datos de ciudadanos europeos. Así que si tienes una empresa en la que trates datos de carácter personal, con toda seguridad deberás adaptarte.

¿Por qué una nueva Ley?

Los tiempos cambian y la sociedad avanza y los organismos deben de dotar de mayor seguridad jurídica a los usuarios de servicios de empresas que tratan con datos de carácter personal.

¿Si tengo una pequeña empresa como una clínica estética será aplicable?

Necesariamente deberás adaptarte a la nueva normativa dado que tratas con datos de carácter personal sensible que necesitan de una alta protección.

¿Qué pasa si ya tengo implantadas medidas de seguridad?

En el caso de que ya tengas implantadas medidas asociadas con la Protección de Datos estas no serán suficientes, ya que tendrán que verse ampliadas al ampliarse los derechos de los interesados.

¿Cuáles son los principios de la nueva normativa?

Uno de los pilares sobre los que se asienta la nueva normativa es la Responsabilidad Proactiva, es decir, la empresa debe anticiparse implantando medidas técnicas y de seguridad que permitan adaptarse al Reglamento.

¿Si incumplo algunas normas que sanciones puedo tener?

La normativa de protección de datos ha intensificado la gravedad de las sanciones por el incumplimiento de las normas relativas a la misma. Para el caso de muy graves incumplimientos en grandes empresas y organizaciones se prevé como sanción máxima hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual.

¿En qué casos será necesario un Delegado de Protección de Datos?

Surge la figura del Delegado de Protección de Datos encargado de ser la figura encargada de las políticas de protección de datos y el canal de contacto entre empleados y directivos. Solo será necesario en el caso de Organismo Públicos, empresas que manejen datos a gran escala y empresas u organismos que traten datos de carácter sensible (Salud, datos relativos a afiliación sindical, etc.).

¿Necesitaré recabar de nuevo el consentimiento de los usuarios?

Sí, el consentimiento deber ser libre, inequívoco, expreso, informado y preciso. Requiere que el interesado de su consentimiento de forma expresa y dicho consentimiento debe ser exclusivo a los fines para los que van dirigidos la recogida, sin que quepa aplicarla a otros usos diferentes.

Una de las principales novedades es que el consentimiento requiere una acción positiva del interesado, esto puede hacerse por medio de una casilla que marque el usuario dando el consentimiento para la recogida de sus datos.
Se amplía la información que se les debe dar a los interesados en relación con el tratamiento de sus datos así como a sus derechos en esta materia.

Si necesita más información, puede contactarnos a través de nuestro teléfono o nuestro e-mail y tramitaremos su petición a la mayor brevedad posible estando a su disposición para cualquier duda o pregunta que pueda precisar.

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Te Ayudamos a Cumplir la Ley de Protección de Datos