OBLIGACIONES FISCALES DE UNA PYME EN 2019
El nuevo año contable y fiscal para las pequeñas y medianas empresas españolas comienza con la presentación del Impuesto de Sociedades, las retenciones del IRPF, así como la declaración trimestral del IVA, entre otros, que comentamos a continuación:
Modelo 303.- Liquidación trimestral de IVA. Se presenta cuatro veces al año. En los periodos entre enero y marzo, abril y junio, julio y septiembre, y octubre y diciembre. Deben presentarlo todas las empresas con actividad comercial.
Modelo 349.- Es la Declaración de Operaciones Intracomunitarias. Deben presentarlo las empresas que realicen actividad comercial con algún país miembro de la UE.
Modelo 390.- Se presenta con el cierre del ejercicio durante el primer mes después del último cierre fiscal. Es un resumen anual de las declaraciones del IVA de todo el año.
Modelo 111.- Deben presentarlo las empresas de forma trimestral, en el cual se declaran las retenciones de IRPF que aplica a los trabajadores.
Modelo 115.- es trimestral. Deben presentarlo las empresas que para el desarrollo de su actividad, paguen alquiler por el local o la oficina.
Modelo 190.- es de carácter anual. Lo deben presentar las empresas para declarar las retenciones aplicadas en las nóminas de sus empleados.
Modelo 180.- es anual y se presenta en Enero. Se trata de un resumen de la información declarada en el modelo 115 durante el año.
Modelo 200.- es anual. Afecta a todas las empresas personas jurídicas así como a entidades no jurídicas, tales como fondos de inversión o capital de riesgo, entre otras. Es la liquidación que se aplica en la presentación del Impuesto de Sociedades.
Modelo 202.- Se trata de un pago a cuenta, en caso de que la empresa quiera fraccionar el pago del Impuesto de Sociedades.