Aquí Comienza tu 2ª Oportunidad
Deudas Ley Segunda Oportunidad
La Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, o más conocida como Ley de Segunda Oportunidad. Entró en vigor el 30 de julio de 2015, con el objetivo de ofrecer a particulares y autónomos, que por las circunstancias de la vida, tras un fracaso económico personal o empresarial, han ido acumulando deudas. Es por ello que esta ley establece un mecanismo legal con el que poder reducirlas e incluso llegar a cancelarlas, y así poder encauzar su vida de nuevo.
¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Esta Ley abre la opción a personas particulares, autónomos e incluso pymes, siempre que tengan menos de 50 trabajadores y una deuda inferior a 5 millones de euros. Antes solo podían acogerse las empresas para pedir la exoneración de sus deudas. El proceso para los particulares se lleva a cabo por el Juzgado de Primera Instancia, a diferencia de las empresas que se cursa por el Juzgado de lo Mercantil.
¿Cómo funciona?
Una vez declarado el concurso, la administración concursal tendrá el control del patrimonio del deudor, y se procede a la liquidación para hacer frente a tantas deudas como sea posible.
En caso de insolvencia total del deudor, la Ley permite la cancelación de todas las deudas hasta un pequeño pago mensual que el deudor pueda asumir durante un máximo de 5 años quedando después exonerada o perdonada la deuda restante.
Además la deuda debe haberse generado antes de la declaración de concurso, y esto supone las siguientes ventajas:
Paralización de posibles ejecuciones o desahucios.
Paralización de intereses del importe, salvo en caso de garantías hipotecarias.
Reducción de la deuda en determinadas circunstancias.
Posibilidad de acogerse a la Propuesta Anticipada de Convenio, con quitas de hasta el 50% de la deuda y plazos de espera de 5 años.
Levantamiento de ejecuciones judiciales sobre viviendas y otros tipos de activos.
Suspensión de embargos con los privilegios que supone esta paralización de bienes.
Derecho a la inembargabilidad de alimentos y necesidades básicas de la familia, según las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
¿Qué requisitos debe cumplir el deudor para acogerse a esta Ley?
En primer lugar, el deudor ha de ser intentar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores. Si no consigue llegar a un acuerdo por el mismo, interviene la figura del mediador concursal, que intentará alcanzar un acuerdo de reestructuración de la deuda. La duración de este proceso se prevé en un periodo de 2 meses, del cual, si no se consigue nada, habrá que solicitar el concurso de acreedores voluntario.
Una vez solicitado, el deudor debe cumplir una serie de condiciones, y se le debe considerar como “deudor de buena fe”, lo que significa que:
El concurso tiene que haber sido calificado como fortuito.
EL deudor no debe haber sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, el orden socio económico, contra Hacienda y Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores, en los 10 años anteriores.
Que el deudor haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores.
Ley De Segunda Oportunidad
Tenemos la Segunda Oportunidad en cualquier provincia de España y en cualquier municipio.
Pincha en tú Localidad/Provincia para que veas todo lo que te ofrecemos para que podamos ayudarte en la Ley De Segunda Oportunidad.
FORMULARIO DE CONTACTO
¿PODEMOS AYUDARLE? CONSÚLTENOS
963 940 915
Una 2ª Oportunidad
Buscamos darte la segunda oportunidad, a autónomos, empresas, incluso a familias, que por situaciones económicas que tenéis ahora, no podéis hacer frente a la totalidad de las deudas, y por ello es necesario las “Quitas“, de las “Deudas” para hacer no pueden hacer frente al total de sus deudas por ello te ayudamos y realizamos la “Ley de Segunda Oportunidad”.
Tenemos la Segunda Oportunidad en cualquier provincia de España.
Puedes entrar en éstos enlaces directos que te llevarán a tu Segunda Oportunidad. Creamos para ti Soluciones “Ley De Segunda Oportunidad”.
Busca Tu Segunda Oportunidad Valencia – Madrid :
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Valencia | Ir Segunda Oportunidad Valencia | Madrid | Ir Segunda Oportunidad Madrid |
Busca Tu Segunda Oportunidad Granada – Cáceres:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Granada | Ir Segunda Oportunidad Granada | Cáceres | Ir Segunda Oportunidad Cáceres |
Busca Tu Segunda Oportunidad Segovia – Teruel:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Segovia | Ir Segunda Oportunidad Segobia | Teruel | Ir Segunda Oportunidad Teurel |
Busca Tu Segunda Oportunidad Sevilla – Málaga:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Sevilla | Ir Segunda Oportunidad Sevilla | Málaga | Ir Segunda Oportunidad Málaga |
Busca Tu Segunda Oportunidad León – La Rioja:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
León | Ir Segunda Oportunidad Leon | La Rioja | Ir Segunda Oportunidad La Rioja |
Busca Tu Segunda Oportunidad Lugo – Barcelona:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Lugo | Ir Segunda Oportunidad Lugo | Barcelona | Ir Segunda Oportunidad Barcelona |
Busca tu Segunda Oportunidad Asturias – Vizcaya:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Asturias | Ir Segunda Oportunidad Asturias | Vizcaya | Ir Segunda Oportunidad Vizcaya |
Busca Tu Segunda Oportunidad Cadiz – Castellón:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Cádiz | Ir Segunda Oportunidad Cádiz | Castellón | Ir Segunda Oportunidad Castellón |
Busca Tu Segunda Oportunidad Murcia – Cuenca:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Murcia | Ir Segunda Oportunidad Murcia | Cuenca | Ir Segunda Oportunidad Cuenca |
Busca Tu Segunda Oportunidad Almería – Ciudad Real:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Almería | Ir Segunda Oportunidad Almería | Ciudad Real | Ir Segunda Oportunidad Ciudad Real |
Busca Tu Segunda Oportunidad Huelva – Soria:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Huelva | Ir Segunda Oportunidad Huelva | Soria | Ir Segunda Oportunidad Soria |
Busca Tu Segunda Oportunidad Zamora – Salamanca:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Zamora | Ir Segunda Oportunidad Zamora | Salamanca | Ir Segunda Oportunidad Salamanca |
Busca Tu Segunda Oportunidad Álava – Huesca:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Álava | Ir Segunda Oportunidad Álava | Huesca | Ir Segunda Oportunidad Huesca |
Busca Tu Segunda Oportunidad Alicante – Albacete:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Alicante | Ir Segunda Oportunidad Alicante | Albacete | Ir Segunda Oportunidad Albacete |
Busca Tu Segunda Oportunidad La Coruña – Cuenca
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
La Coruña | Ir Segunda Oportunidad La Coruña | Cuenca | Ir Segunda Oportunidad Cuenca |
Busca Tu Segunda Oportunidad Badajoz – Burgos:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Badajoz | Ir Segunda Oportunidad Badajoz | Burgos | Ir Segunda Oportunidad Burgos |
Busca Tu Segunda Oportunidad Córdoba – Guadalajara:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Córdoba | Ir Segunda Oportunidad Córdoba | Guadalajara | Ir Segunda Oportunidad Guadalajara |
Busca Tu Segunda Oportunidad Jaén – Navarra:
Provincia | Enlace directo | Provincia | Enlace directo |
---|---|---|---|
Jaén | Ir Segunda Oportunidad Jaén | Navarra | Ir Segunda Oportunidad Navarra |